
El pasado 2 de abril, una pareja de mujeres solicitó ante el Registro Civil, el permiso de contraer matrimonio, esperando una respuesta negativa y en consecuencia, ampararse legalmente, como ha ocurrido en últimos años. Sin embargo, la respuesta fue plenamente satisfactoria.
Esto, debido a la resolución de la a Suprema Corte de Justicia de la Nación en donde se anulan los artículos 143, 144 y el 313 bis del Código Civil del Estado de Aguascalientes, que rechazan la definición de matrimonio como la unión entre un hombre y una mujer.
El documento que les fue entregado por parte de la Directora General del Registro Civil en Aguascalientes, señala que podrán llevar a cabo el matrimonio siempre y cuando cumplan con los requisitos que establece el artículo 90 del Código Civil, que contiene lo siguiente:
De acuerdo con Wilfrido Salazar Rule, abogado del caso, las pláticas prematrimoniales para personas del mismo sexo han sido negadas por el DIF Estatal, institución indicada para que las parejas asistan, por lo que se pedirá la dispensa de ese punto.
Esta solicitud marca un antecedente histórico en el estado, pues se logrará por primera vez un matrimonio igualitario sin necesidad de un amparo, y a pesar de que el Congreso Local continúe sin legislar a favor de estas uniones.