TJEBC revoca “parcialmente” candidatura de Ismael Burgueño
Publicado el 9 de mayo, 2024
TJEBC revoca “parcialmente” candidatura de Ismael Burgueño
TJEBC revoca “parcialmente” candidatura de Ismael Burgueño

La candidatura de Ismael Burgueño Ruiz a la alcaldía de Tijuana por la coalición Sigamos Haciendo Historia en Baja California (Morena, Partido Verde Ecologista de México y Fuerza por México en Baja California) fue revocada de manera parcial por el voto unánime de los tres magistrados del Tribunal de Justicia Electoral de Baja California (TJEBC). Esta decisión se tomó porque no se encontró el sustento que avale que el candidato no es un deudor alimenticio moroso.

El Juicio para la Protección de los Derechos Políticos – Electorales de la Ciudadanía con el folio JC-61/2024, fue promovido por la asociación civil Centro de Empoderamiento y Protección de la Mujer con Estrella a cargo de Viridiana Román en contra de la postulación de Ismael Burgueño como candidato a presidente municipal de Tijuana. A este proyecto se sumaron los recursos de inconformidad 66,68,69,78,80,81.

Al respecto de la sentencia, el magistrado presidente, Jaime Vargas Flores, informó que el juicio se compuso de siete impugnaciones –cuatro propuestas por partidos políticos y tres por colectivos feministas-. Explicó que se propone revocar parcialmente el registro de la candidatura a la presidencia municipal de Tijuana hecha por la coalición Sigamos Haciendo Historia en Baja California.

Vargas Flores opinó que el actuar del Consejo General del Instituto Estatal Electoral de Baja California (IEEBC) deja sin efectos la esencia de la Ley 8 de 8. Recordó que el TJEBC ya estableció previamente que uno de los objetivos de la reforma constitucional que dio pauta a la Ley 8 de 8 es, que quienes hayan cometido algún ilícito relacionado con violencia política contra las mujeres en razón de género y las personas declaradas deudores alimentarios en mora con sentencia firme y vigente, no puedan ocupar cargos públicos de índole alguna.

Destacó que el IEEBC debió ejercer su facultad de verificación, ya que cuenta con un mecanismo para que se cumplimente el mandato constitucional. Asimismo, indicó que no hay indicios que el Instituto Electoral cumpliera con la metodología de sus propios lineamientos, ya que, a pesar que representantes de partidos políticos entregaron documentos de la sentencia que dictó un juzgado familiar, no hicieron el análisis que corresponde.

El magistrado presidente dio a conocer que la respuesta que dio el IEEBC a los partidos fue que Burgueño Ruiz ya había manifestado bajo protesta de decir verdad el no haber incurrido en ninguno de los supuestos de suspensión de derechos.
“Cuestión con la que evidencia una negligencia y falta de exhaustividad por parte de la autoridad responsable al momento de realizar la verificación respecto del registro que se combate, pues tal y cómo se señala en el proyecto de sentencia, el formato en mención, el propio candidato señaló que sí fue condenado mediante resolución firme como deudor alimentario, pero, afirmó que actualmente se encuentra al corriente del pago de todas sus obligaciones alimentarias, lo que procesalmente constituye un hecho positivo sujeto a comprobarse y que no se realizó”, enfatizó Vargas Flores.

De igual manera, el magistrado presidente del TJEBC, quien en el pasado ha sido señalado de ser cercano al ex gobernador y hoy candidato a senador por el Partido del Trabajo (PT), Jaime Bonilla Valdez, consideró que no el IEEBC no contaba con argumentos para justificar excusas para no atender el acto reclamado por partidos políticos y organizaciones de la sociedad civil. Asimismo, agregó que no se observa que se otorgó la garantía de audiencia al obrar documentación sujeta a revisión por la autoridad administrativa electoral.

Por último, refirió que revisar que los candidatos cumplan con los requisitos de elegibilidad dará como resultado que se evite vulnerar los derechos de las mujeres a una vida libre de violencia, así como al interés superior de las niñas, niños y adolescentes en relación con las personas obligadas al pago de alimentos.

El Tribunal Superior de Justicia del Estado (TSJE), así como el Consejo de la Judicatura, y al juez primero de lo Familiar fueron vinculados para que informen el estatus de la sentencia y sea el Consejo General del IEEBC quienes determinen si el registro continúa como se encuentra hasta el momento. De no haber una respuesta en el plazo que concedió el TJEBC se procederá a la cancelación del registro. Por parte del candidato Ismael Burgueño, a través de un comunicado de prensa, dijo que seguirá con sus recorridos y reuniones con la ciudadanía como parte de su campaña electoral. N

 

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